lunes, 27 de mayo de 2013

Clases de Sentencias Constitucionales


 

                               TIPOLOGÍA DE NUESTRAS SENTENCIAS
                                                                 CONSTITUCIONALES
                                                          Hernán Alejandro Olano García*







RESUMEN
Se presentan aquí veintiún tipos de sentencias de la Corte Constitucional, organizadas en seis clases de modulaciones, basadas en los criterios de interpretación que la Alta Corporación ha utilizado desde 1992 para expedir sus fallos, así como los principios fundamentales de toda sentencia de constitucionalidad.
Palabras clave: efectos de las sentencias, modulaciones de los fallos de la Corte Constitucional, principios fundamentales de las sentencias, Decisum; Obiter dicta; Ratio decidendi; Stare decisis.

* El doctor HERNÁN ALEJANDRO OLANO GARCÍA, nació en Santiago de Tunja en 1968. Es abogado por la Universidad La Gran Colombia fundada por su abuelo materno. Con siete especializaciones, es además magíster en relaciones internacionales y magíster en derecho canónico, ambos por la Pontificia Universidad Javeriana. Fue secretario general de la Corte Constitucional. Autor de más de doce libros de derecho constitucional y coautor de varias obras publicadas en Polonia, Italia, Perú, Ciudad del Vaticano, España y Argentina. Profesor asociado y director del área de derecho público en la Facultad de Derecho de la Universidad de La Sabana en Chía, Colombia. Miembro de la Academia Colombiana de Jurisprudencia.

SUMARIO
INTRODUCCIÓN.
1. MODULACIÓN TRADICIONAL
2. MODULACIONES QUE AFECTAN EL CONTENIDO, O SENTENCIAS
“MANIPULATIVAS”
a. Sentencias interpretativas o condicionales, con acogimiento o rechazo
b. Sentencias integradoras o aditivas
c. Sentencias sustitutivas
d. Sentencias apelativas o exhortativas
3. MODULACIONES RELATIVAS AL EFECTO TEMPORAL O
PROSPECTIVAS
a. Sentencias de inconstitucionalidad retroactiva o ex tunc
b. Sentencias con efecto pro futuro o ex nunc
c Sentencias de inconstitucionalidad diferida o de constitucionalidad temporal
4. MODULACIONES DE EL DERECHO DE LOS JUECES
a. Sentencias fundadoras de línea
b. Sentencias hito
c. Sentencias confirmadoras de principio
d. Jurisprudencia “Pop”
5. OTROS MODELOS SIN MODULACIÓN
a. Sentencias de control concreto de constitucionalidad
b. Sentencias declarativas de inconstitucionalidad
c. Sentencias de inconstitucionalidad por omisión
d. Sentencias con efectos en el ámbito personal
e. Sentencias atípicas
f. Sentencias sobre omisiones legislativas
TIPOLOGÍA DE NUESTRAS SENTENCIAS CONSTITUCIONALES 573
6. MODELOS ESPECÍFICOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
COLOMBIANA
a. Sentencias o fallos de unificación de jurisprudencia
b. Sentencias sobre el mínimo vital
7. PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR LA INCOMPATIBILIDAD
NORMATIVA
8. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE TODA SENTENCIA
DE CONSTITUCIONALIDAD
a. Principio de congruencia
b. Principio de motivación
c. Principio de colegialidad
d. Principio de eficacia
9. Otras acepciones dentro de la tipología de
las sentencias
a. Las subreglas constitucionales
b. Las ratio decidendi y los obiter dicta
c. El decisum
d. Stare decisis

BIBLIOGRAFÍA
INTRODUCCIÓN
La sentencia constitucional es un acto procesal, decisión de un colegio de jueces que pone término a un proceso. Es una actividad dirigida a la interpretación e integración creadora del derecho, sin olvidar su dimensión política, como sostiene acertadamente ÁNGEL GARRORENA MORALES, citado por JOSÉ PALOMINO MANCHEGO1. Según lo expresado por DOMINGO GARCÍA BELAUNDE, las sentencias constitucionales, como es obvio advertirlo, son una modalidad del género “sentencias”. “Esto es, son tan sentencias como las obras y tienen o deben tener la misma estructura. Sin embargo, la temática de estas sentencias tiene algo especial, pues no se dirige a satisfacer un interés privado o de beneficio de un grupo, sino que persigue cautelar valores que afectan directamente a los miembros de una sociedad determinada. Aun más, se trata de poner en cumplimiento el texto fundamental que da cuenta de una sociedad, y no de un código procesal cualquiera, por lo que su vigencia es más importante. Pues si una Constitución, base y soporte de todo el ordenamiento jurídico, no s cumple, constituye un demérito que afecta al resto del ordenamiento. Lo anterior se confirma con el hecho de que las sentencias constitucionales, tienen importancia precisamente porque cautelan, fundamentalmente, dos aspectos que son clave: los derechos fundamentales y la jerarquía normativa”.






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